Sanciones OFAC y restricciones bancarias en México
Una designación de la OFAC y la inclusión en la Lista de Personas Bloqueadas de México no son el mismo acto. Antes de actuar identificamos qué autoridad o qué decisión originó la medida y qué mecanismos resultan aplicables.
En México, el término «Lista Clinton» se usa menos que en Colombia; lo habitual es hablar de lista OFAC o, directamente, de problemas con el banco. Y hay una razón para separar bien los conceptos: junto a la lista SDN de la OFAC existe un instrumento mexicano, la Lista de Personas Bloqueadas, que administra la Unidad de Inteligencia Financiera. No son el mismo acto, no proceden de la misma autoridad y no se combaten de la misma manera.
Dos listas que conviene no confundir
| Lista SDN (OFAC) | Lista de Personas Bloqueadas (LPB) | |
|---|---|---|
| Autoridad | Departamento del Tesoro de EE. UU. | Unidad de Inteligencia Financiera (SHCP), México |
| Naturaleza | Acto administrativo estadounidense | Acto administrativo mexicano |
| Efecto directo | Bloqueo de bienes bajo jurisdicción de EE. UU. y prohibición de operar para personas estadounidenses | Obligación de las entidades mexicanas de suspender actos, operaciones o servicios |
| Vía de defensa | Reconsideración ante la OFAC | Procedimiento ante la autoridad mexicana |
Qué suele estar detrás de una restricción bancaria
Cuando una institución mexicana limita una cuenta o rechaza una operación, el origen puede ser una inclusión en la LPB, una coincidencia con una lista internacional dentro de sus procesos de cumplimiento, o una decisión propia de gestión de riesgo. Identificar cuál de los tres es el caso determina el camino: no tiene sentido preparar un expediente ante la OFAC si lo que existe es un acto de autoridad mexicana, ni al revés.
Si existe una designación de la OFAC
El procedimiento es el mismo que para cualquier otra jurisdicción: verificación de la entrada y del programa aplicable, análisis de los fundamentos y, si hay recorrido, petición de reconsideración. Puede consultar el detalle en cómo salir de la Lista Clinton y en reconsideración ante OFAC.
Si se trata de una coincidencia de nombre
El trabajo consiste en acreditar la identidad ante la institución que generó la alerta, comparando los datos publicados en la entrada con la documentación de la persona. Lo explicamos en homonimia en la Lista Clinton.
Empresas: propiedad y control
Una sociedad mexicana puede verse afectada sin figurar en ninguna lista si su estructura de propiedad incluye a personas designadas por encima de los umbrales que aplica la OFAC. Revisar la cadena societaria completa —y no solo la razón social— es parte del análisis cuando hay empresas de por medio.
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Preguntas frecuentes
No. La Lista de Personas Bloqueadas (LPB) la administra la Unidad de Inteligencia Financiera, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y es un instrumento del ordenamiento mexicano con su propio procedimiento. La lista SDN la administra la OFAC, una autoridad estadounidense. Una persona puede estar en una y no en la otra, y los mecanismos de defensa son distintos en cada caso.
Es la primera pregunta que hay que responder, y conviene plantearla por escrito a la entidad: si la medida deriva de una inclusión en la LPB, de una coincidencia con una lista internacional o de una decisión de riesgo de la propia institución. De esa respuesta depende todo lo demás: el interlocutor, el procedimiento y los plazos.
El marco mexicano contempla la posibilidad de que la persona incluida presente lo que a su derecho convenga ante la autoridad, con un procedimiento propio y plazos propios. Es un terreno distinto del procedimiento ante la OFAC y debe abordarse con asesoría en derecho mexicano.
No son actos automáticos ni equivalentes: cada autoridad actúa en su ámbito y conforme a su normativa. Dicho esto, las entidades financieras mexicanas sí consideran las listas internacionales dentro de su gestión de riesgo, por lo que una designación de la OFAC puede tener efectos prácticos aunque no exista acto de autoridad mexicana.
Fuentes
- Unidad de Inteligencia Financiera (SHCP) — comunicado sobre medidas preventivas derivadas de una designación de la OFAC: gob.mx/uif
- Buscador oficial de sanciones de la OFAC: sanctionssearch.ofac.treas.gov
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Identificar el origen de mi restricción bancaria
Describa qué le comunicó la institución financiera. Determinamos si el asunto corresponde a la OFAC, a la autoridad mexicana o a una decisión de la propia entidad.
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